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Normas internacionales del trabajo sobre trabajo forzosoLa simplicidad del concepto traduce el carácter fundamental del mismo: no se debe obligar a nadie a trabajar Los países que han ratificado el Convenio sobre trabajo forzoso se comprometen a "suprimir, lo más pronto posible, el empleo del trabajo forzoso u obligatorio Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)Este convenio dispone la supresión del trabajo forzoso u obligatorio en todas su formas. A efectos de dicho convenio se entiende por trabajo forzoso "todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente". Ahora bien, la expresión "trabajo forzoso" excluye obligaciones tales como el servicio militar; cualquier trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas; el trabajo o servicio que se exija en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial y según determinadas condiciones; el trabajo que se exija en casos de fuerza mayor (guerra, incendios, terremotos, etc., y los pequeños trabajos comunales definidos en el propio convenio. Además, el convenio requiere que se prevean sanciones penales "realmente eficaces" que se apliquen estrictamente a escala nacional en los casos de exigencia ilegal de trabajo forzoso u obligatorio.
Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105)Este convenio prohíbe el uso de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio:
Hay motivos para suponer que las normas internacionales del trabajo en materia de trabajo forzoso seguirán estando a la vanguardia de las normas de la OIT, citadas una y otra vez en el ámbito del quehacer internacional para garantizar la observancia de los derechos humanos fundamentales en todos los rincones del planeta. |
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